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Alertan sobre estafas migratorias

Clemente Vargas (25) ayuda a colocar cruces blancas de madera en el muro fronterizo entre Estados Unidos y México en Tijuana, México. Foto/CNS/David Maung 2009

Alertan a la comunidad sobre las estafas migratorias e informan sobre los recursos disponibles para residir legalmente en Estados Unidos en charla informativa sobre actualización de las leyes de inmigración,

Celia Rivas, coordinadora de los servicios de inmigración de Caridades Católicas, explicó que, entre los recursos disponibles para residir legalmente en EEUU, se cuenta con la convención contra la tortura (CAT), el asilo y la suspensión de deportación.

En cuanto a las estafas, explicó que -a través de llamadas telefónicas- los estafadores se hacen pasar por oficiales del Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS).

Igualmente alertó sobre los servicios que ofrecen los notarios públicos, quienes “no están autorizados para proveer servicios legales”, aclaró.

Indicó que hay pequeños negocios locales que engañan a los inmigrantes “garantizando” un estatus legal, al igual que sitios que alegan afiliación con USCIS.

La lotería de Visas que ofrece USCIS es real y una buena oportunidad de obtener estatus permanente, pero no es real si ofrecen procesos más fáciles a cambio de pagos.

Estados Unidos tiene leyes para ayudar a la gente que tiene miedo de volver a sus países de origen porque su gobierno los puede perjudicar. Estas leyes se llaman: asilo, suspensión de expulsión y CAT.

Rivas dijo que el asilo es una manera de detener la deportación y convertirse en refugiado. “Para ganar un caso de asilo, tendrá que demostrar que existe al menos un diez por ciento de posibilidades de que el gobierno de su país de origen lo perjudique”.

Explicó los requisitos para obtener el asilo. Hay que demostrar que el perjuicio al que se enfrentaría o se ha enfrentado en su país de origen es muy grave. También hay que demostrar que el propio gobierno, o personas que el gobierno no puede controlar, lo perjudicarán a usted.

Igualmente, hay que demostrar que las personas que lo están perjudicando lo hacen debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular.

Otro punto que debe demostrarse es que no podrá irse a otra parte de su país de origen donde estaría a salvo.

Celia dijo que se podrá pedir asilo en un plazo de un año desde que entró a Estados Unidos. “Hay que demostrar que no ha sido deportado en el pasado y que no ha cometido un delito grave”.

Los que buscan asilo por razones de raza, religión, nacionalidad, grupo social u opinión política es porque “su propio gobierno es incapaz o no está dispuesto a protegerlos y, en algunos casos, es el propio gobierno quien los persigue”, señaló.

La suspensión de expulsión es parecida al asilo: “Tendrá que demostrarle al juez que se arriesga a un perjuicio grave si regresa a su país de origen debido a una de las cinco razones antes mencionadas”.

La gran diferencia -continuó- es que el riesgo de daño que tendrá que demostrar es mucho más alto que para el asilo. Deberá demostrar que al menos hay un 51 por ciento de probabilidad de que el gobierno de su país lo perjudicará”, explicó Celia.

En cuanto a los requisitos para la suspensión de expulsión, dijo que debe demostrarse que existe el riesgo de que será perjudicado por el gobierno de su país de origen. También tendrá que demostrar que el perjuicio al que se enfrentaría o se ha enfrentado en su país de origen es muy grave.

Deberá demostrar que el gobierno lo hace debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un "grupo social particular". No podrá conseguir la residencia permanente (tarjeta verde) con la suspensión de deportación. No puede pedir que su familia se beneficie de su suspensión de deportación.

Rivas dijo que se puede pedir la suspensión de deportación hasta más de un año de su ingresó a Estados Unidos e incluso si ha tenido una orden de deportación anterior -dijo Rivas-. A veces se puede solicitar la suspensión de deportación incluso si tiene antecedentes penales.

Sobre la convención contra la tortura o CAT, Rivas explicó que para ganar un caso de este tipo deberá demostrarse que es muy probable que el gobierno de su país de origen lo torturará o asesinará. Un caso de CAT es parecido, dice, al asilo y a la suspensión de deportación, pero CAT no significa que podrá obtener la residencia permanente.

Deberá demostrar que el gobierno lo torturará o asesinará o que no hará nada si alguien intenta torturarlo o asesinarlo, y tendrá que probar que hay un 51 por ciento de probabilidades de tortura -añadió-. Si tiene antecedentes penales muy graves, solo podrá solicitar una parte del CAT llamada “aplazamiento de la deportación".

En ese tipo de casos, tendrá que demostrar que usted será torturado, no solo perjudicado. Necesitará probar que será torturado por un funcionario del gobierno, pero no tiene que explicar las razones.

Los pasos para acogerse a alguno de los tres recursos mencionados son: una audiencia en la corte, requisitos para la obtención (solicitados por el juez), llenar y entregar la petición, preparación del caso, preparar el testimonio y considerar las pruebas (decisión del juez).

Caridades Católicas de la Arquidiócesis de Washington, le ofrece a la comunidad servicios legales de inmigración gratis o a bajo costo. Pida una cita llamando al (301)740-2523.



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